HABLEMOS DE LEGISLACIÓN
A continuación, relacionamos los acuerdos y tratados internacionales más relevantes que abordan el tema del abuso sexual contra la mujer, los cuales buscan proteger y promover el respeto por los derechos de las mujeres.
- Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW): Adoptada en 1979 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, esta convención es a menudo descrita como una carta internacional de los derechos de las mujeres. La CEDAW aborda varias formas de discriminación contra la mujer y exige a los Estados partes adoptar medidas adecuadas para eliminar la violencia contra las mujeres, incluyendo el abuso sexual.
- Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará): Adoptada en 1994, esta convención es específica de América Latina y el Caribe y tiene como objetivo prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. Define la violencia contra la mujer como cualquier acto basado en el género que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a las mujeres, tanto en el ámbito público como en el privado.
- Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer: Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1993, esta declaración establece un marco integral para la acción nacional e internacional para eliminar la violencia contra las mujeres en todas sus formas, incluyendo la violencia sexual.
- Protocolo de Maputo: El Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos sobre los Derechos de las Mujeres en África, conocido como Protocolo de Maputo, fue adoptado en 2003. Aborda varios derechos de las mujeres, incluyendo la protección contra la violencia sexual.
- Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica (Convenio de Estambul): Adoptado en 2011, este convenio es el primer tratado europeo que crea un marco legal integral para proteger a las mujeres contra todas las formas de violencia, incluida la violencia sexual. También establece un sistema de monitoreo para garantizar su implementación.
- Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional: Adoptado en 1998, este estatuto establece la Corte Penal Internacional (CPI) y define los crímenes internacionales, incluidos los crímenes de violencia sexual. Considera la violación, la esclavitud sexual, la prostitución forzada, el embarazo forzado, la esterilización forzada y cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable como crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra.
- Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre Mujeres, Paz y Seguridad: Varias resoluciones del Consejo de Seguridad, como la Resolución 1325 (2000), 1820 (2008), 1888 (2009), 1889 (2009) y 1960 (2010), abordan la violencia sexual en conflictos y subrayan la necesidad de protección y participación de las mujeres en la construcción de la paz.
“Estos acuerdos internacionales constituyen un marco legal y normativo importante para la protección de las mujeres contra el abuso sexual y otros tipos de violencia, y obligan a los Estados partes a implementar medidas adecuadas para cumplir con sus disposiciones”.
¿Y QUE PASA EN COLOMBIA?
En Colombia, el abuso sexual contra la mujer está regulado por varias leyes y códigos. Aquí te detallo algunas de las más relevantes:
Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000)
El Código Penal Colombiano establece varios delitos relacionados con el abuso sexual, incluyendo:
- Artículo 205. Acceso carnal violento: Este artículo sanciona con penas de prisión de doce (12) a veinte (20) años a quien acceda carnalmente a otra persona mediante el uso de la fuerza o de cualquier tipo de amenaza.
- Artículo 206. Acto sexual violento: Establece penas de ocho (8) a dieciséis (16) años de prisión para quien realice en otra persona acto sexual diferente al acceso carnal, usando la fuerza o amenazando.
- Artículo 207. Acceso carnal o acto sexual en persona puesta en incapacidad de resistir: Este artículo sanciona con prisión de diez (10) a veinte (20) años a quien realice acceso carnal o cualquier otro acto sexual en una persona que esté en incapacidad de resistir.
- Artículo 208. Acceso carnal abusivo con menor de catorce años: Establece penas de prisión de doce (12) a veinte (20) años para quien tenga acceso carnal con un menor de catorce años.
- Artículo 209. Actos sexuales con menor de catorce años: Sanciona con prisión de nueve (9) a trece (13) años a quien realice actos sexuales en menor de catorce años.
Ley 1257 de 2008
Esta ley tiene como objetivo sensibilizar, prevenir y sancionar las formas de violencia y discriminación contra las mujeres. Entre sus disposiciones incluye:
- Protección integral para las mujeres víctimas de violencia: La ley establece medidas de protección y atención integral a las víctimas de violencia, incluyendo el abuso sexual.
- Sensibilización y prevención: Promueve campañas de sensibilización y prevención del abuso sexual y otras formas de violencia contra las mujeres.
Ley 1719 de 2014
Esta ley adopta medidas para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de violencia sexual, especialmente en el contexto del conflicto armado colombiano. Algunas de sus disposiciones incluyen:
- Medidas de atención, asistencia y reparación integral: Se establecen medidas específicas para la atención, asistencia y reparación de las víctimas de violencia sexual, incluyendo atención médica, psicológica y jurídica.
- Acceso a la justicia: Facilita el acceso a la justicia para las víctimas de violencia sexual, estableciendo procedimientos especiales y medidas de protección.
“Estas leyes y tratados forman un marco legal integral que busca proteger a las mujeres contra el abuso sexual y garantizar sus derechos”.